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IMPUESTO A LAS GANANCIAS

Por : CAJA DE RETIROS El 15 August 2008

 

Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones
Procedimiento para el cálculo del Impuesto a las Ganancias


La normativa aplicada para el cálculo del Impuesto a las Ganancias es
la R.G. 1.261 (AFIP). Dicho régimen comprende las rentas provenientes de jubilaciones, pensiones y retiros.
El cálculo de la retención de Ganancias, se realizó de la siguiente manera:

A los haberes nominales correspondientes al período 1997-2004, se les dedujo el porcentaje correspondiente a:

1) Descuento Caja de Retiros.
2) Aporte Personal IOMA.
3) Aporte Personal Servicios Sociales.
4) Aporte Personal Fondo de Ayuda Financiera.

A su vez al importe resultante, se le descontó los mínimos no imponibles y la deducción especial (art. 23) y las tasas de impuesto aplicables (art. 90) según la escala vigente para cada uno de los años comprendidos en la deuda (1997-2004).

Al monto de retención así obtenido, se lo dividió en cuotas fijas e iguales de acuerdo a las cuotas (30, 45, 60) firmadas por cada uno de los beneficiarios.

Durante el primer año, el beneficiario percibirá en un mismo mes tres cuotas juntas, como así también se procederá a retener tres cuotas de Impuesto a las Ganancias. Cabe destacar que en el recibo de haberes, bajo el Código de Concepto 54.20 se verá reflejada la sumatoria de las tres retenciones mencionadas

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