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Por : CÃrculo Policial El 02 June 2011
CIRCULO POLICIAL
DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
C O N V O C A T O R I A
VOCALIA DEL CONSEJO EJECUTIVO DE SERVICIOS SOCIALES
El Círculo Policial de la Provincia de Buenos Aires, convoca a sus asociados inscriptos como tales con no menos de un año de antigüedad a partir de la publicación de la presente, con la finalidad de postularse para ocupar la vocalía del Consejo Ejecutivo de la Dirección General de Servicios Sociales de Policía de la Provincia de Buenos Aires en representación de los efectivos de los Sub escalafones Profesional, Técnico, Administrativo; de Servicios Generales y de Emergencias Telefónicas 911 comprendidos en el régimen de la Ley 13982 del Personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
Los interesados deberán revistar como personal activo y ser socios de este Círculo Policial.
Inhabilidades e Incompatibilidades (Articulo 12 Resolución 912 del Ministerio de Seguridad.).
“No podrán postularse para cubrir el cargo de Vocales en calidad de representantes del Personal policial, cuando se encuentren comprendidos en las siguientes circunstancias:
a) los inhabilitados para operar ante las Instituciones Bancarias Oficiales.
b) los morosos con Servicios Sociales.
c) los sancionados por los Colegios Profesionales, para el caso de ejercer o haber ejercido como profesional matriculado.
d) quienes al momento de ingresar a la función, como durante el desempeño de la misma, incurrieran en las siguientes incompatibilidades:
- Desarrollar actividad privada ligada directa o indirectamente con la materia que incluya como objeto la asistencia social en todos sus aspectos.
- Desempeñar actividades privadas vinculadas contractualmente, en forma directa o indirecta, con la Provincia.
- Ejercer cargos electivos, políticos o partidarios.
Ninguno de los postulantes a cubrir las Vocalías del Consejo Ejecutivo podrá ser apoderado y/o patrocinante en acciones judiciales a terceros por temas originados en el Ministerio de Seguridad, la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, por el Consejo de Servicios Sociales o Servicio Penitenciario Bonaerense, y contra estas entidades”.
Los postulantes deberán reunir como socio del Circulo Policial todos los recaudos establecidos en el Estatuto Social vigente.
La inscripción deberá realizarse mediante nota, adjuntando una declaración jurada sobre condiciones de elegibilidad conforme al artículo 12 Res. 912, ya transcripto. La certificación de firma de la misma se hará ante el Presidente o Secretario del Circulo Policial o similar autoridad de la filial de su zona de residencia.
Las presentaciones se recibirán sin excepción hasta el día 10 de junio de 2011 a las 12 horas, en la Sede Central del Círculo Policial calle 49 nº 735 de la ciudad de La Plata, o en las Filiales en mismo día y horario.
En el supuesto de superar los inscriptos el número de la terna a elevar se convocará oportunamente por este Círculo a un acto eleccionario en el que participarán aquellos inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en la Resolución 912 del Ministerio de Seguridad y el procedimiento eleccionario dictado por esta Institución.
El texto integro de la Resolución 912 se encuentra publicado en las paginas Web del Ministerio de Seguridad y de este Circulo www.circulopolicial.org.ar.
Cayetano F. Mónaco
Presidente
Marcelo M. Raggio
Secretario